Herramienta gratuita
¿Cuánto cuesta registrar tu marca en INDECOPI?
Responde tres cosas y ves el costo completo: la tasa que le pagas a INDECOPI —con y sin el descuento del 25% para MYPE— y nuestros honorarios. La tasa sube con cada clase que registres, así que no la metemos dentro del precio: la ves aparte, calculada sobre tu caso.
Las marcas se registran por clases: una para ropa, otra para calzado, otra para un restaurante. Cada clase paga su propia tasa, así que registrar de más es tirar dinero. Si no sabes cuál te toca, lo definimos nosotros.
Te inscribimos en el REMYPE sin costo antes de presentar la solicitud, y recién ahí pagas la tasa rebajada.
Tasa de INDECOPI
Te ahorras S/133.70 con el descuento MYPE.
Este monto no nos lo pagas a nosotros. Lo pagas tú en Págalo.pe o en el Banco de la Nación con el código de arriba. No se devuelve si tu marca es denegada.
Nuestros honorarios
No cambia con el número de clases. Lo que sube es la tasa de INDECOPI, no nosotros.
Es el monto con recibo por honorarios. Si necesitas factura se agrega el IGV (18%): S/531.00.
Si un tercero se opone, la defensa se cotiza aparte según quién se opone y por qué.
Qué incluye el precio cerrado
Qué no incluye
Lo que casi nadie te dice antes de cotizar
La tasa no se devuelve si te deniegan la marca. Pagas S/534.90 para que INDECOPI evalúe tu solicitud, no para que te la conceda. El motivo más frecuente de denegatoria es que el signo se parece demasiado a uno ya registrado en la misma clase —algo que se detecta antes de pagar, con una búsqueda de antecedentes—. Quien presenta sin buscar no se está ahorrando honorarios: está apostando la tasa completa.
El 25% de descuento existe, pero hay que estar en el REMYPE. La Ley N° 31724 rebajó la tasa para las micro y pequeñas empresas: de S/534.90 a S/401.20 por clase. El requisito que traba a casi todos es que el REMYPE exige al menos un trabajador en planilla. Si tu empresa califica y no está inscrita, la inscribimos sin costo antes de presentar tu solicitud —son S/133.70 menos por cada clase, y de paso te abre el régimen laboral MYPE—. Y si no calificas, te lo decimos antes de que pagues nada.
Registrar de más cuesta tanto como registrar de menos. Cada clase de Niza paga su propia tasa completa. Registrar clases que tu negocio no usa es dinero tirado; dejar fuera la clase donde realmente vendes te deja sin protección justo donde importa. Por eso nuestros honorarios son planos: lo que sube con cada clase es la tasa de INDECOPI, no lo que te cobramos nosotros.
Tu nombre en SUNARP no es tu marca. Que hayas constituido la empresa y reservado el nombre no te da derecho sobre la marca: son dos registros distintos, con dos efectos distintos. Se puede tener la razón social inscrita en SUNARP y aun así estar usando una marca que ya es de otro. Si acabas de constituir, mira también cuánto cuesta constituir la empresa: son trámites que conviene ordenar en el orden correcto.
De dónde salen estos montos
Las tasas y los códigos de arancel salen de la ficha oficial del trámite en gob.pe. El descuento para micro y pequeñas empresas está establecido por la Ley N° 31724 y es permanente, no una campaña temporal.
El cálculo es referencial y el monto definitivo es el que liquida INDECOPI. Puedes verificarlo tú mismo antes de contratarnos: la búsqueda de antecedentes en «buscatumarca» y el clasificador de productos son gratuitos y de acceso público, y el pago se hace directamente en Págalo.pe con el código que ves en la calculadora.
Nuestros honorarios se pagan 50% al entregarnos los requisitos y el saldo al presentar la solicitud ante INDECOPI.
Dos formas de contratarlo
La diferencia entre ambos es una sola: qué pasa si un tercero se opone a tu solicitud. Es el gasto que nadie presupuesta y el que más desordena una cotización cerrada.
Registro
S/450
con recibo por honorarios · S/531 con factura
El trámite completo, de la búsqueda al certificado.
Si un tercero se opone, la defensa se cotiza aparte según quién se opone y por qué.
Registro + Defensa
S/650
con recibo por honorarios · S/767 con factura
Lo mismo, y si alguien se opone la contestación ya está pagada.
Cubre la contestación de una oposición ante la Dirección de Signos Distintivos, siempre que la marca se haya presentado con nuestro informe de viabilidad a favor. La apelación ante el Tribunal del INDECOPI se cotiza aparte.
Ninguno de los dos incluye la tasa de INDECOPI: esa la pagas tú directamente y la calculas arriba, porque sube con cada clase. Los honorarios no se mueven con el número de clases. Y el IGV solo entra si necesitas factura — el 18% que ves arriba está calculado, no estimado.
Contratar el registroTodo lo demás que le pasa a una marca
Registrarla es el principio. Después vienen los plazos que se vencen solos, y casi todos los problemas de marca que llegan a un estudio son de esta lista, no del registro. Atendemos las seis etapas.
Búsqueda de antecedentes
Antes de pagar la tasaINDECOPI no devuelve la tasa si deniega tu marca. Por eso el orden importa: primero se revisa si hay signos idénticos o parecidos ya registrados en tu clase, y si el nombre cae en alguna prohibición —genérico, descriptivo, engañoso—. La búsqueda en «buscatumarca» es gratuita y pública; lo que cobramos es el criterio para leerla, porque el riesgo real casi nunca es la marca idéntica sino la parecida en productos vinculados.
Consultar este casoOposiciones
30 días hábiles desde la publicaciónPublicada tu solicitud, cualquier tercero con interés puede oponerse dentro de los 30 días hábiles siguientes. Ese plazo no se prorroga y dejarlo vencer sin contestar suele decidir el expediente. Trabajamos los dos lados: contestar la oposición que te presentaron, o presentarla contra una solicitud que invade tu marca. Muchas oposiciones no terminan en resolución sino en un acuerdo de coexistencia —ver abajo—, que casi siempre es más rápido y más barato que pelear.
Consultar este casoAcuerdos de coexistencia
Cuando dos marcas parecidas pueden convivirEs la salida negociada de un conflicto: dos titulares acuerdan cómo usar signos parecidos sin confundir al público. Pero no basta con firmarlo. El artículo 159 de la Decisión 486 obliga a INDECOPI a verificar que el acuerdo contenga previsiones reales para evitar la confusión, delimitando territorio y los productos o servicios de cada parte. Y hay algo que conviene saber antes de invertir en negociarlo: cumplir esos mínimos no garantiza el registro, porque la autoridad evalúa igual el riesgo de confusión para el consumidor.
Consultar este casoCancelación por falta de uso y nulidad
Cuando una marca registrada te bloqueaSi una marca que nadie usa impide registrar la tuya, se puede pedir su cancelación. El artículo 165 de la Decisión 486 permite cancelar el registro que, sin motivo justificado, no se usó durante los tres años consecutivos anteriores a la acción. Dos condiciones que se pasan por alto: la acción solo puede iniciarse una vez transcurridos tres años desde que quedó firme el registro que se ataca, y la carga de probar el uso recae en su titular, no en quien pide la cancelación. La nulidad es otra vía distinta, para registros concedidos contra la ley o de mala fe.
Consultar este casoTransferencia, licencia y cambios
Cuando la marca cambia de manosUna marca es un activo y se transfiere, se licencia, se da en garantía y se hereda. La transferencia se inscribe ante INDECOPI, y ese trámite no es un formalismo: mientras no esté inscrita, no es oponible a terceros. Lo mismo vale para los cambios de nombre o domicilio del titular, que parecen menores hasta que una notificación de oposición llega a una dirección donde ya nadie la recibe.
Consultar este casoRenovación
Cada 10 años, con ventana de 6+6 mesesEl registro dura diez años contados desde la presentación de la solicitud y se renueva indefinidamente por periodos iguales. La ventana para pedirlo son los seis meses previos al vencimiento, más seis meses de gracia posteriores con recargo. Fuera de esos plazos, el artículo 153 de la Decisión 486 es tajante: la solicitud no se admite a trámite. La marca cae al dominio público y cualquiera puede registrarla, incluida la competencia que llevaba años esperando. Es la forma más evitable de perder una marca.
Consultar este casoLos plazos de marcas no avisan. El de oposición corre desde una publicación que nadie te notifica personalmente, y el de renovación vence diez años después de un trámite que probablemente hiciste con otro abogado. Si tienes marcas registradas y no sabes cuándo vencen, escríbenos los nombres y te decimos en qué situación están.
Revisar mis marcasPreguntas frecuentes
Son dos cosas distintas y conviene no mezclarlas. La tasa de INDECOPI es de S/534.90 por la primera clase y S/533.30 por cada clase adicional; si tu empresa está en el REMYPE baja a S/401.20 la primera. Esa tasa la pagas tú directamente en Págalo.pe o en el Banco de la Nación, no pasa por nosotros. Aparte van nuestros honorarios, que son un precio cerrado de S/450 sin importar en cuántas clases registres —o S/650 si eliges el plan que ya incluye la contestación de una oposición—. Ese monto es con recibo por honorarios; si necesitas factura se agrega el IGV. La calculadora de esta página te da los dos números para tu caso.
Necesitas tres cosas: RUC activo y habido, constancia vigente de inscripción o reinscripción en el REMYPE, y pagar con el código de arancel especial. Con eso la primera clase te cuesta S/401.20 en vez de S/534.90 —S/133.70 menos por clase—. El requisito que traba a casi todos es el REMYPE: exige tener como mínimo un trabajador en planilla, así que una empresa sin personal no califica, y tampoco los rubros de bares, discotecas, casinos y juegos de azar. Si tu empresa sí califica pero no está inscrita, nosotros te inscribimos sin costo antes de presentar la solicitud. El descuento sale de la Ley N° 31724 y es permanente; no confundir con la campaña del 50%, que era solo para zonas declaradas en emergencia y venció a fines de 2024.
Sí, y no te vamos a decir lo contrario: INDECOPI tiene una plataforma en línea, un buscador gratuito de antecedentes llamado «buscatumarca», un clasificador de productos y hasta una asesoría virtual gratuita de viabilidad. Si tu marca es claramente distintiva y tu rubro es simple, hacerlo solo es perfectamente razonable. El problema aparece cuando el signo se parece a uno ya registrado o cuando la clase está mal elegida: ahí te deniegan, y la tasa de S/534.90 no se devuelve. Lo que pagas cuando nos contratas no es el trámite —es el criterio de decidir si conviene presentarla antes de que sueltes ese dinero.
No. La tasa es un derecho de tramitación: pagas porque INDECOPI evalúe tu solicitud, no porque te la conceda. Si te la deniegan, ese dinero se perdió y volver a intentarlo con otro signo significa pagar la tasa otra vez. Tienes 15 días hábiles desde la notificación para presentar reconsideración o apelación, pero eso ya es otro procedimiento. Por eso el orden importa tanto: primero la búsqueda de antecedentes y la evaluación de registrabilidad, después el pago. Hacerlo al revés es la forma más común de perder S/534.90.
Las marcas se registran por clases, según la Clasificación de Niza, y cada clase paga su propia tasa completa. Ahí se cometen los dos errores caros: registrar de menos, y quedarte sin protección justo donde vendes; o registrar de más, y pagar tasas por clases que tu negocio nunca va a usar. Un restaurante que también vende su salsa embotellada necesita dos clases distintas; una tienda de ropa que solo vende ropa, una sola. Un detalle que casi nadie sabe: proteger un producto no protege el servicio de venderlo. Definir esto bien es parte del trabajo, y es donde más plata se ahorra o se pierde.
Depende de qué sea lo valioso en tu negocio. Registrar solo la denominación —el nombre, sin diseño— te da la protección más amplia: nadie puede usar ese nombre en tu clase, con el diseño que sea, y tú puedes cambiar tu logo mil veces sin volver a registrar. Registrar el logo con el nombre protege ese conjunto tal como está, lo que sirve cuando la identidad visual es el activo. Si tu presupuesto alcanza para una sola, en la mayoría de casos conviene la denominativa. Lo revisamos contigo antes de presentar.
Es una decisión con consecuencias reales y casi nadie la piensa. A nombre de la empresa, la marca es un activo de la sociedad: suma a su valor, pero si mañana la empresa se disuelve o entra en un conflicto entre socios, la marca va con ella. A nombre personal, la marca es tuya y puedes licenciársela a tu propia empresa, que es lo que hacen los grupos con varias sociedades. Si vas con socios, hay una pregunta previa: ¿de quién es la marca si el día de mañana se separan? Eso se define antes de presentar, no después.
El plazo legal del procedimiento es de 180 días hábiles, pero el propio INDECOPI señala que en la práctica se resuelve en unos 45 días hábiles cuando nadie se opone. El recorrido es este: presentas la solicitud, INDECOPI la publica de forma automática y gratuita en la Gaceta Electrónica de Propiedad Industrial, corren 30 días hábiles en los que cualquiera puede oponerse, y si nadie lo hace pasa a evaluación de fondo. Una oposición cambia todo el cronograma. El registro dura 10 años y se renueva de forma sucesiva.
Primero, no dejes correr el plazo: desde la notificación tienes un término para presentar tus descargos y el expediente pasa a la Comisión de Signos Distintivos. Una oposición no significa que perdiste. Muchas se sostienen en un parecido que no es tal, en clases que no se cruzan, o las presenta un titular cuya propia marca ya caducó o no está en uso. Lo que sí es cierto es que a partir de ahí el trabajo deja de ser un trámite y pasa a ser un procedimiento contradictorio, con pruebas y argumentación. Estos casos no se cotizan de tabla: escríbenos con la notificación a la mano y te decimos en la llamada qué se puede hacer y cuánto cuesta.
Sí. El registro ante INDECOPI es nacional: te da el derecho exclusivo en todo el territorio peruano, sin importar desde qué ciudad se presentó ni dónde tengas tu domicilio fiscal. El procedimiento además es enteramente virtual, así que trabajamos igual con clientes de Lima, Arequipa o cualquier región sin que nadie tenga que moverse. Lo que el registro peruano no cubre es el extranjero: la marca es territorial, y para proteger en otros países hay que registrar allá o usar el sistema internacional.
Tienes 30 días hábiles desde la notificación para contestarla, y ese plazo no se prorroga. Dejarlo vencer sin responder suele decidir el expediente en tu contra. La contestación no es un trámite de formulario: hay que argumentar por qué los signos no son confundibles, o negociar un acuerdo de coexistencia con quien se opuso, que en muchos casos resuelve el conflicto más rápido y más barato que llegar a resolución.
A veces, mediante un acuerdo de coexistencia, pero el consentimiento del titular no basta por sí solo. El artículo 159 de la Decisión 486 obliga a INDECOPI a verificar que el acuerdo contenga previsiones reales para evitar la confusión del público, delimitando territorio y los productos o servicios de cada parte. Y aun cumpliendo esos mínimos la autoridad evalúa el riesgo de confusión para el consumidor, así que un acuerdo bien redactado mejora mucho las probabilidades pero no garantiza el registro.
Sí: pedir su cancelación por falta de uso. El artículo 165 de la Decisión 486 permite cancelar el registro que, sin motivo justificado, no se usó durante los tres años consecutivos anteriores a la acción. Dos detalles decisivos: la acción solo puede iniciarse una vez transcurridos tres años desde que quedó firme el registro que se ataca, y la carga de probar el uso recae en su titular, no en quien pide la cancelación.
El registro dura diez años desde la presentación de la solicitud. La renovación se pide dentro de los seis meses previos al vencimiento, y hay seis meses de gracia posteriores con recargo. Pasada esa ventana el artículo 153 de la Decisión 486 no admite la solicitud a trámite: la marca cae al dominio público y cualquiera puede registrarla, incluida la competencia. Volver a registrarla desde cero no siempre es posible si alguien se adelantó, y es la forma más evitable de perder una marca.
Sí, y no es un formalismo. La transferencia debe inscribirse ante INDECOPI para ser oponible a terceros: mientras no esté inscrita, frente al registro el titular sigue siendo el anterior. Lo mismo aplica a los cambios de nombre o domicilio del titular, que parecen menores hasta que una notificación —por ejemplo, una oposición contra tu marca— llega a una dirección donde ya nadie la recibe y el plazo corre igual.
Los precios que ves son sin IGV, porque el caso normal es que emitamos recibo por honorarios. Si necesitas factura —lo habitual cuando la marca va a nombre de una empresa que quiere usar el gasto— se agrega el 18%. Lo decimos aquí y no al final del trámite porque el precio cerrado pierde sentido si aparece un cobro que no estaba anunciado.
Cubre la contestación de una oposición ante la Dirección de Signos Distintivos, siempre que la marca se haya presentado con nuestro informe de viabilidad a favor. Esa condición es deliberada: respaldamos la defensa porque nosotros evaluamos el signo antes de presentarlo. Si el informe desaconsejaba la marca y aun así se presentó, la defensa se cotiza aparte. La apelación ante el Tribunal del INDECOPI, que es una segunda instancia con trabajo distinto, también se cotiza aparte.
¿Registramos tu marca?
Cuéntanos qué nombre quieres proteger y te decimos si está libre y cuánto cuesta.