IGV de 8% en restaurantes: cuándo un socio en común te hace perderlo
Tener un socio en común con otra empresa no te excluye automáticamente del IGV de 8%. Lo que decide es un umbral concreto —más del 30% del capital— y en qué periodo se configuró. Te explicamos dónde está escrito y qué hacer si SUNAT ya te escribió.